Cambia, desde hoy, la forma de tributar el IVA para vendedores de tecnología
El comprador no tendrá que emitir el IVA, sino que tendrá que hacerle frente el vendedor como persona jurídica cuando compre móviles, consolas, portátiles y tabletas.
A partir de hoy, 1 de abril, cambia la forma de tributar el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) para aquellos que venden tecnología. Básicamente, ahora pasar a ser sujeto pasivo del impuesto la persona que adquiera alguno de los siguientes productos: plata, platino o paladio, teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas.
¿Qué quiere decir esto? Básicamente que el comprador no tendrá que emitir el IVA, sino que tendrá que hacerle frente el vendedor como persona jurídica obligada a cumplir con la tributación y la compra de los bienes deben documentarse en la factura con el concepto de “aplicación de inversión del sujeto pasivo”.
Así, a partir del 1 de abril de 2015 se aplicará la inversión del sujeto pasivo en IVA en la entregas de estos bienes, pero sólo se aplicará cuando el destinatario sea un empresario o profesional revendedor de estos bienes, independientemente del importe de la venta o un empresario o profesional no revendedor, cuando el importe total de las entregas de dichos bienes, documentadas en la misma factura, exceda de 10.000 euros (excluido el IVA).