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El intercambio electrónico de documentos ahorra costes

El Intercambio Electrónico de Documentos (EDI) permite a los vendedores reducir en un 3% los costes de producción y en un 75% las roturas de stock, lo que explican los expertos, puede ayudar a la larga, a reducir los precios de venta, según la firma SERES, pionero y especialista en el intercambio electrónico seguro de documentos.

Por esto, dice el informe que “la actividad de las empresas de distribución: grandes superficies, supermercados, grandes cadenas de moda, perfumerías, ferreterías… requiere el intercambio de una gran variedad de documentos (pedidos, confirmación de pedidos, despacho de mercancías, facturas…) y los beneficios que ofrece el EDI han generalizado su uso entre los comercios minoristas”.

Y consideran desde SERES que el Intercambio Electrónico de Documentos permite al retail ofrecer precios más bajos tanto en el comercio online como en el tradicional. Según un comunicado de prensa, “la utilización del EDI ofrece múltiples beneficios al comercio minorista como la disminución de errores, menor coste administrativo, mejora de la gestión del negocio derivada de lainformación global que proporciona, mejor colaboración clientes/proveedores, acortamiento cadena suministro, optimización de los recursos humanos…”.

En paralelo, prosiguen los expertos, “aporta un mejor control de los stocks, mejora de los pagos y cobros teniendo un mayor control sobre ellos y ahorro de costes en los procesos de información“. Además, reduce los plazos de entrega y los costes administrativos en el tratamiento de pedido o de factura, y reduce los errores en las entregas y en las facturas.

Una vez cumplimentado el pedido (ORDERS), se procede al envío al proveedor correspondiente, que posteriormente tendrá que confirmarlo (ORDRSP). Junto al envío de la mercancía, el proveedor deberá incluir el documento que acredite el despacho de mercancías (DESADV), al que el cliente deberá dar su conformidad al producto recibido (ECADV). El proveedor emitirá la factura electrónicamente (INVOIC), y a partir de este
momento, el minorista deberá presentar su conformidad con la misma, en caso de que lo esté,
e informar que procederá al pago de la mercancía (REMADV).

Bárbara Bécares

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